Si has presentado tu solicitud en el proceso de regularización o cualquier otro trámite de extranjería, es muy probable que estés revisando el estado de tu expediente con nervios. Si te ha llegado una notificación electrónica o una carta con un requerimiento o una denegación, que no cunda el pánico, pero actúa rápido. El tiempo corre en tu contra.
1. El Requerimiento: Tienes 10 o 15 días hábiles
Un requerimiento significa que la Oficina de Extranjería no ha rechazado tu caso, sino que necesita que aclares algo o aportes un papel que falta (un contrato, antecedentes penales actualizados, etc.).
- El error común: Contestar aportando cualquier documento por miedo a que venza el plazo. Si envías algo erróneo, te denegarán el permiso automáticamente.
2. La Denegación: Tienes 1 mes para interponer un Recurso
Si la resolución ha sido denegatoria, no todo está perdido. Tienes derecho a presentar un Recurso de Reposición (en el plazo de un mes) o un Recurso Contencioso-Administrativo. Un recurso bien fundamentado jurídicamente puede salvar tu derecho a residir en España.
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